Se acepta como válida la comunicación telefónica del despido por no superación del período de prueba
El TSJ Galicia afirma que el despido durante el período de prueba, cuando el convenio colectivo exige la comunicación de la causa por escrito, puede realizarse vía telefónica cuando se acredita que ha quedado comunicada la causa del despido y el trabajador ha evitado la recepción de la liquidación. Afirma, además, que, aunque la comunicación…
