No es necesario comunicar los criterios de selección en la carta de despido colectivo
El TS ha establecido que en las comunicaciones individuales del despido colectivo no es necesario reproducir los criterios de selección fijados o acordados durante las negociaciones. Tampoco considera necesario comunicar la justificación individual del despido indicando de forma detallada los criterios de selección aplicados al trabajador.
