El TJUE declara que el cálculo de los días de vacaciones debe realizarse en relación con los tiempos de trabajo. Por ello, en caso de pasar de trabajar a tiempo parcial, con jornadas alternas, a hacerlo a tiempo completo, se deben calcular las vacaciones para cada período de manera separada. El cálculo se debe efectuar conforme a los mismos principios tanto si se trata de determinar la indemnización por vacaciones devengadas y no disfrutadas a la extinción de la relación laboral, como de determinar los días de vacaciones a que tiene derecho el trabajador si se mantiene la relación laboral.
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Autor: Javier Rueda
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